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Nave del TAM se sale de la pista y afecta otros vuelos


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http://www.la-razon.com/versiones/20100202_006991/nota_248_947244.htm

 

 

[align=justify]El procedimiento de reubicación de la aeronave causó el cierre del Aeropuerto Internacional de El Alto y el retraso de vuelos por 4 horas.

Avión alquilado al TAM , tenía 150 pasajeros a bordo, derrapó por el granizo y quedó fuera de la vía.

 

Un avión del Lloyd Aéreo Boliviano (LAB) —alquilado mediante un convenio a Transporte Aéreo Militar (TAM)— con 150 pasajeros abordo sufrió un incidente al aterrizar en el Aeropuerto Internacional de El Alto y provocó la suspensión de seis vuelos nacionales e internacionales, informaron funcionarios de la aerolínea dependiente de la Fuerza Aérea.

Aproximadamente a las 12.40 de ayer, el avión del TAM que había arribado de Cobija al aeropuerto de El Alto se salió de la vía de rodaje B, en una curva de la pista aérea, y quedó con una de sus llantas estancada en la tierra.

 

“Según el informe, al momento de descender, la nave experimentó granizo en la pista. Esto la llevó a no posarse casi en el umbral de la pista, sino que se tuvo que alejar un poco más. En el momento de abandonar la vía de rodaje B, su tren de aterrizaje se estancó y se salió de la vía”, informó Jilmar Gonzales, técnico en control de Tránsito Aéreo.

 

Al menos seis vehículos de auxilio intentaron con gatas y otras herramientas, por varias horas de la tarde, poner en pista nuevamente a la nave que sufrió el incidente, según el reporte de la radio Atipiri de la Red Erbol.

 

Aunque el incidente continúa en proceso de investigación, funcionarios del TAM responsabilizan al control aéreo (AASANA) porque éste habría autorizado el aterrizaje en una pista donde había granizo.

 

El procedimiento de reubicación del avión causó el cierre del aeropuerto y el retraso de seis vuelos por casi cuatro horas.

 

A pesar de la demora, los pasajeros que hacían escala en La Paz fueron reubicados en diferentes vuelos, informaron en el TAM.

 

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) se pronunciará hoy sobre el tema.

 

Reglamento

 

Sanción • El Decreto 285 estipula que en caso de demora o interrupción de vuelo, la aerolínea deberá pagar hasta el 25% del valor del boleto.

 

Resarcimiento • En caso de un retraso mayor, las empresas de transporte aéreo deben cubrir los costos de alimentación y hospedaje del pasajero.[/align]

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