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Bolívia 4 de Abril : Sólo se permiten los actos religiosos


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http://www.eldeber.com.bo/2010/2010-04-04/vernotaahora.php?id=100403204314

 

 

[align=justify]Recomendaciones. Evite sanciones y no infrinja la ley. Habrá celebraciones en las 44 capillas

 

PARA QUE LO SEPA

 

Resolución 149/2010

Expone detalladamente las excepciones a las restricciones electorales que hace el máximo tribunal electoral del país en atención a que se celebra la Semana Santa. La resolución dispone que pueden realizarse todas las actividades religiosas (misas, peregrinaciones, procesiones, liturgias, vigilias, movimientos religiosos, etc.) que se iniciaron el Jueves Santo y concluirán el Domingo de Resurrección.

 

Excepción

Está vigente la restricción de movilidad vehicular, pero los sacerdotes cuentan con permisos de circulación para que puedan desplazarse hacia las 44 capillas que hay en la capital cruceña. Los fieles deberán acudir a los templos cercanos a su domicilio, porque no podrán circular con

 

Vehículos

Otras actividades Los retiros espirituales y otras actividades que se realicen fuera de las celebraciones religiosas establecidas no están permitidas. Esto ha obligado a ajustar los programas. La comunidad Betania, que desde hace 13 años realiza retiros para jóvenes desde Jueves Santo hasta Domingo de Resurrección, en esta ocasión tuvo que reducir un día sus actividades y concluir el sábado.

 

Viajes Turísticos

Muchas personas se han visto imposibilitadas de hacer los tradicionales viajes aprovechando el feriado largo. Las agencias que ofertan paquetes tuvieron que acortar sus ofertas a dos noches y tres días, sólo hasta el sábado 3. Esto ha provocado que la demanda disminuya un 40%, según Carmen Lino, de Magriturismo. Algunos que optaron por destinos internacionales, como de Buenos Aires, retornarán el domingo a mediodía, para que puedan votar por la tarde.

 

SERVICIOS

 

La Corte Nacional Electoral (CNE) ha habilitado dos líneas de teléfonos gratuitas para consultas: 800-11-1818 (área urbana) 800-10-1818 (provincias).

 

 

La dirección de la página electrónica de la CNE es http://www.cne.org.bo. Incluye datos acerca de esta elección y de los anteriores sufragios.

La Corte Departamental Electoral de Santa Cruz (CDE) tiene los siguientes teléfonos: 332-1010, 336-5070, 336 -1481, 336-7131. La dirección de la página electrónica de la CDE es http://www.santacruz.cne.org.bo.

 

 

Se ha emitido una instructiva de la Corte Nacional Electoral de no permitir el ingreso de motorizados en las áreas verdes, sean plazas, parques o espacios recreativos, por más que tengan el permiso de circulación, a fin de evitar que haya accidentes. Deberán hacer uso de esa autorización para los casos que fueron solicitados ante el ente electoral.

 

EMERGENCIAS

 

Hospitales

- Los servicios de emergencias de los hospitales estarán funcionando con normalidad. Las personas que tengan algún problema de salud pueden llamar a emergencias médicas Sisme 160, Udem 161, Cardiocruz 332-1203, emergencias Ucebol 342-2355.

 

Auxilio.

 

- Para pedir ayuda pueden recurrir a la Patrulla de Auxilio de Cooperación Ciudadana (PAC) llamando al 120, Radiopatrullas 110, Diprove 115, Cuerpo de Bomberos y Explosivos 119, Voluntariado de Búsqueda y Salvamento 128. También a bomberos Udem 349-2500.

 

Servicios básicos

 

- En caso de que presente problemas con el agua potable puede llamar a emergencias Saguapac 353-1115 y reclamos al 178. Para los que sufran inconvenientes con la energía eléctrica llamar a emergencias CRE al 336-6666 o al 176.

 

Aeropuerto

 

- Para conocer la llegada y salida de sus vuelos internacionales que están permitidos este domingo, puede llamar al 171.

Terminal de buses

 

- Está prohibida la salida de buses desde la terminal Bimodal. En caso de que necesite alguna información adicional puede llamar al 3488482.

Defensoría de la Niñez.

- La Unidad de Víctimas Especiales y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia estarán atendiendo. Se ha conformado un equipo para atender las emergencias que se puedan presentar. Puede llamar a la línea gratuita 156 o al 345-1847.

Comercio

 

- Los centros de abastecimiento permanecerán cerrados, pero las tiendas de barrio mantendrán abiertas sus puertas. Los supermercados y tiendas de la ciudad tampoco atenderán al público.

 

 

Defensa al Consumidor

- La Dirección de Defensa al Consumidor del municipio estará trabajando con personal de emergencia y de servicio para atender cualquier queja o denuncia que haga el ciudadano. Ante cualquier problema puede llamar al teléfono 339-1860.

 

SANCIONES

 

- Desde cuarenta y ocho horas antes y hasta doce horas del día siguiente a la realización de las elecciones queda absolutamente prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado. En caso de infracción, se aplicará la multa de Bs 1.000 a los propietarios o administradores de lugares o establecimientos públicos y de Bs 200 a las ciudadanas/ciudadanos que vulneren esta prohibición. Está prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos.Los infractores serán sancionados con una multa de Bs 600. Tampoco se permite el traslado de ciudadanos de un recinto electoral a otro por cualquier medio de transporte. Los infractores serán sancionados con una multa de Bs 600.

 

- Quedan prohibidos los viajes por cualquier medio de transporte el domingo 4 de abril de 2010 en todo el territorio nacional. Los vuelos internacionales en tránsito o los vuelos internacionales que se originen en el país, quedan exentos de la prohibición. Para el traslado de pasajeros, personal operativo u otros, las líneas aéreas o los interesados cuentan con el permiso respectivo.

 

- Los ciudadanos que no voten el día de las elecciones, serán pasibles a una multa de Bs 150. El ciudadano que incite o realice manifestaciones, reuniones en las proximidades de las mesas de sufragio o en los plazos expresamente prohibidos por el Código Electoral, será sancionado con una multa de Bs 600. La persona que se hubiera inscrito proporcionando datos falsos o incompletos será sancionada con una multa de Bs 150.

 

 

- Los ciudadanos que no acrediten con el certificado de sufragio haber cumplido con la obligación del voto, salvo las excepciones previstas en el artículo 153 del Código Electoral, no podrán dentro de los noventa días siguientes acceder a cargos públicos, percibir sueldos en empleos públicos, efectuar trámites bancarios y obtener pasaporte.[/align]

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